CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCION DE LOS EDUCANDOS EN GENERAL.
CONSEJO ACADÉMICO: según lo dispuesto por la ley, está conformado por el Rector, Directivos docentes y un Docente por cada área.
FUNCIONES:
- Estudio, modificación y ajustes al currículo.
- Organización del plan de estudios.
- Evaluación institucional anual.
- Organizará el cronograma de actividades generales y especificas de las actividades académicas de la institución, que estarán sujetas a la programación general de la arquidiócesis de Cali.
- Revisará y evaluará periódicamente los casos tratados por la comisión de evaluación y promoción de los estudiantes del plantel.
- Evaluará periódicamente la metodología desarrollada por los docentes en sus programas así mismo recomendará cambios o planteará nuevas alternativas pedagógicas de trabajo.
- Programará o supervisará el trabajo desarrollado de los comités que hacen parte de la institución al igual que desarrollarán una evaluación periódica.
- Aprobará o desaprobará salidas o actividades extracurriculares de cualquier área
- Revisará y evaluará la conveniencia del material didáctico, bibliográfico o de medios tecnológicos para cada año lectivo, así mismo podrá recibir sugerencias.
- Programará y delegara las actividades generales, complementarias y superespeciales de nivelación de la institución.
- Diseñara el modelo pedagógico de la institución.
- Orientará y evaluará el desempeño de los estudiantes en el servicio social obligatorio.
- Propondrá evaluadores nuevos y metodologías de trabajo nuevo cuando el caso lo amerite.
- Recibirá y decidirá sobre reclamos de estudiantes o padres de familia sobre la valoración de las áreas.
CONSEJO DIRECTIVO
Integrado por: Rector, dos representantes del personal docente, dos representantes de los padres de familia: uno proviene de la junta directiva de la Asociación de padres, un representante de los estudiantes de grado once, un representante de los ex alumnos, un representante del sector productivo.
PERSONERO (A)
PERFIL DEL CANDIDATO A PERSONERO
· Principios y valores católicos.
· Formar parte del último grado de Educación Media.
· No presentar problemas académicos ni disciplinarios.
· En su currículo académico haber obtenido en los años anteriores tarjetas de excelencia.
· Tener liderazgo.
· Mostrar capacidad para sostener buenas relaciones interpersonales.
· Ser dinámico y creativo.
· Tener facilidad de expresión y capacidad de dialogo.
· Disponibilidad de tiempo para trabajar en proyectos.
· Tener claridad en la posición que debe asumir ante la solución de problemas.
· Ser una persona justa y honrada en su misión.
· Que haya ingresado a la institución con un mínimo de tres años.
· Demostrar sentido de pertenencia e identidad hacia la Institución.
· Tener buen grado de aceptación entre sus compañeros/as.
· Respeto a todo el personal del colegio y buen vocabulario.
· Conocer y cumplir las normas del reglamento o Manual de Convivencia.
FUNCIONES CENTRALES DEL PERSONERO DEL COLEGIO
· Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, como miembro de la comunidad educativa.
· Presentar ante el rector o el consejo directivo del establecimiento las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
· Las decisiones respecto a las solicitudes del personero de los estudiantes serán resueltas en última instancia por el consejo directivo ó el organismo que haga las veces de suprema autoridad del establecimiento.
· Utiliza los medios de comunicación interna del establecimiento, pide colaboración al Consejo de los Estudiantes, organiza foros y otras formas de deliberación con el apoyo de la Rector y del Consejo Directivo.
DESTITUCION DEL PERSONERO(A)
Cuando un alumno(a) no responda eficientemente en relación con alguno de los requisitos propuestos o en relación con sus funciones, será automáticamente destituido(a) por el Consejo Directivo y la aprobación del consejo de estudiantes.
El Consejo Directivo decide y asume el cargo de el alumno(a) que haya obtenido mayor número de votos, la ó el que le sigue en votación ó si se realizan nuevas elecciones.
COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:
Por medio del cual se conforma y reglamenta la Comisión de Evaluación y Promoción del Colegio
El Consejo Académico, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas en la Ley 115 de 1994 y el decreto reglamentario 0230 (11 de febrero de 2002) Capítulo II, artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 y teniendo en cuenta todas las consideraciones pertinentes crea la Comisión de Evaluación y Promoción que es el máximo ente decisorio de la Institución en lo que se refiere al seguimiento y desarrollo de los procesos académicos de todos y cada uno de los niveles y grados del colegio.
Objetivos
Establecer criterios para la evaluación de los estudiantes.
MARCO DE REFERENCIA
El colegio regula sus criterios para evaluar los aprendizajes de los estudiantes fundamentándose en la Ley 115 de 1994, o Ley General de Educación, la cual se resalta en el Artículo 80 “que la evaluación de la educación es un proceso que ayuda a identificar y revelar si esta se imparte o no con calidad dentro de las instituciones”, y que “el educando se debe contemplar como eje principal del proceso educativo, favoreciendo el desarrollo de la personalidad” (Artículo 91 y 92). Además de comprender los fundamentos legales, el colegio analiza e interpreta las disposiciones legales vigentes como el Decreto 0230 de febrero 11 de 2002, “por el cual se dictan normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional”, para regular su propuesta de trabajo curricular, la cual acoge los parámetros establecidos en los lineamientos curriculares y estándares de calidad de las áreas obligatorias, determinadas por el MEN.
CONCEPTO DE EVALUACIÒN DE APRENDIZAJES DE LOS EDUCANDOS:
Es la acción permanente que busca determinar qué avances han alcanzado los estudiantes en relación con los logros propuestos desde la sana convivencia y las áreas fundamentales, partiendo de los conocimientos que han adquirido, la apropiación que de ellos han hecho, las habilidades y los valores que han asumido y la incorporación que de éstos han hecho, incluyendo la mirada integral del estudiante alrededor de sus desarrollos biológicos, comunicativo, cognoscitivo, valorativo y afectivo.
FINALIDAD DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES
- Diagnosticar el estado de los procesos de desarrollo del educando.
- Asegurar el éxito del proceso formativo de los estudiantes, para evitar el fracaso.
- Identificar dificultades, deficiencias y limitaciones de los estudiantes.
- Ofrecer oportunidades para que el estudiante aprenda de las experiencias.
- Afianzar los aciertos y corregir oportunamente los errores de los estudiantes.
Quienes conforman la Comisión de Evaluación y Promoción:
a. El Rector o su delegado quien la presidirá.
b. Tres docentes por cada grado que brinda el colegio (de Jardín a grado once)
c. Un padre de familia, que no sea docente de la institución.
Parágrafo: los demás docentes del grado serán invitados a la promoción de final de año, donde se les preguntará específicamente por los estudiantes que finalmente obtuvieron insuficiente ¿el por qué de ésta?
FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
- Definir la promoción de los educandos.
- Hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades o que presenten evaluaciones aceptables, e insuficientes.
- Planteará recomendaciones generales o particulares a los profesores u otras instancias del establecimiento educativo en términos de actividades de refuerzo y superación.
- Convocará a padres de familia o acudientes, al educando o al educador respectivo, para presentar planes de refuerzo y acordar compromisos.
- Analizará casos de educandos excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación y promoción anticipada.
- Establecerá y verificará si tanto educandos, educadores y padres de familia atendieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos adquiridos.
- Propondrán nuevos evaluadores cuando la situación lo amerite, frente a conflictos entre estudiantes, padres y profesores.
- La evaluación académica se hará tipo ICFES desde el grado primero de primaria hasta el grado once.
Parágrafo: No es compromiso de la institución promover algún estudiante, si a pesar de haber realizado actividades complementarias, no demuestra satisfactoriamente haber alcanzado los logros establecidos para cada área.
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